Cada año, en el mes de abril, personas y empresas en Chile deben declarar sus impuestos anuales a través del Formulario N° 22 ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), conocido como Operación Renta. En este sentido y para evitar errores y se pueda recibir la devolución de manera óptima, Felipe Salinas, socio de Impuestos de CCL Auditores Consultores, entrega una serie de recomendaciones para que el proceso de este 2026, sea todo un éxito.
Cambios, qué fecha es la más recomendable, fiscalizaciones, errores, planificación, son algunas de las interrogantes que despeja el experto (ver recuadros).
Desde el Servicio de Impuestos Internos, se proyecta que serán alrededor de 5,1 millones de contribuyentes declaren el impuesto a la renta en el país, de los cuales 4,1 millones contarán con una propuesta de declaración previamente elaborada por la institución.
A nivel regional, hay un total de 56 mil 738 declaraciones realizadas dentro del primer plazo, el cual venció el 8 de abril. Quienes completaron el trámite en ese periodo y solicitaron depósito bancario recibirán su devolución, en el caso que corresponda, el próximo 29 de abril.
De acuerdo con el SII, deben presentar su declaración quienes durante 2025 hayan superado ingresos anuales de $11.265.804, tenido más de un empleador, emitido boletas de honorarios, iniciado actividades económicas o deseen acceder a devoluciones y beneficios tributarios.
En tanto, habilitó más de 115 puntos de atención presencial en todo el país, en conjunto con instituciones educativas, además de la atención regular en sus 71 oficinas.
El plazo para realizar la declaración de impuestos, vence el próximo 30 de abril.
¿En qué semana es recomendable presentar la declaración de renta?
Es recomendable no apurarse, hay dos grandes complejidades en este proceso, por una parte muchas empresas siguen actualizando la información declarada al Servicio de Impuestos Internos a través de declaraciones juradas, y por otra parte, el sistema del SII ha presentado múltiples errores en lo que ha transcurrido del mes. Considero que una muy buena fecha para declarar es la semana del 20 de abril para quienes tienen pago para así poder prevenir cualquier problema que uno pueda tener con el flujo asociado, y en caso de contar con una devolución, recordemos que el plazo para presentar es el 8 de mayo y que, si se presenta la semana del 27 de abril da una muy buena seguridad de que será muy probable que la información del SII no se vaya a modificar.
¿Cómo impactan las nuevas normas de cumplimiento tributario en la declaración?
No existen modificaciones relevantes que impacten el cumplimiento tributario de esta declaración.
¿Qué decisiones clave deberían tomarse antes de declarar?
Para el caso de las empresas, hemos visto que muchas veces el régimen tributario registrado por el SII es diferente al régimen al cual la empresa pueda estar obligada legalmente a tributar. En estos casos, es de suma relevancia poder solucionar este problema ante el SII, toda vez que de lo contrario, uno estará impedido de poder declarar correctamente.
¿Qué contribuyentes están más expuestos a fiscalización este año?
Considero que si bien es cierto el SII está continuamente buscando procesos de mejora en la fiscalización de los diferentes impuestos, este año hay que tener mucho cuidado en particular con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por una parte el fisco últimamente ha fiscalizado de manera fuerte a las compañías que hacen mal uso de los documentos afectos a este gravamen (hemos visto en las noticias casos icónicos de bandas dedicadas al mal uso del IVA de diferentes maneras), ahora viene la etapa de una mayor regulación respecto de los documentos asociadas a las ventas de productos, en particular, la tan temida resolución N° 154 (cuya vigencia se postergó del 1 de mayo al 1 de noviembre del 2026), que obliga a las empresas a entregar información en las respectivas guías de despacho, suponiendo muchas veces desarrollos demorosos, costosos y complejos.
¿Cuáles son los principales cambios respecto a la Operación Renta anterior?
A nivel normativo, no se visualizan cambios relevantes específicamente para esta Operación Renta, sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos ha avanzado en una “propuesta parcial de formulario N° 22” para empresas, el organismo fiscalizador indica qué valores ellos esperan que tu declares en algunos códigos cruciales de la declaración de renta. Esto en ocasiones puede ser una ayuda muy significativa a la hora de conocer los errores, o bien conocer qué está mirando el SII, sin embargo, ya estando a medio abril hemos podido constatar que muchas veces estos códigos están erróneamente pre-llenados, y en ocasiones más lamentables aún, no se permite al contribuyente completar de manera correcta su F22.
¿Qué errores son los más frecuentes y cómo evitarlos?
Las personas naturales cuando declaran sus formularios N° 22 confían en gran medida en la propuesta del Servicio de Impuestos Internos, la cual a su vez, es confeccionada con la información declarada por las empresas, datos que si bien es cierto debían reportarse hasta marzo, no es de extrañar que sean modificados (ya sea por error, atraso u otro motivo) las primeras semanas de abril. Por otro lado, si bien es cierto son casos menos recurrentes, es común constatar errores al momento de declarar las rentas que puedan provenir del extranjero, ya sea porque hay bastante desconocimiento de “cómo reconocer” estas partidas, así como también muchas veces se ignoraron los beneficios o rebajas fiscales que se pueden tener por inversiones en el extranjero, lo anterior puede aplicar tanto para personas naturales como para empresas.
¿Qué oportunidades de planificación tributaria existen este año?
La operación renta año tributario 2026 ya está definida, lo poco que queda por revisar es si existen o no activos que puedan depreciarse aceleradamente, o bien utilizar beneficios como el de la reinversión para las PYME’s (que consiste en rebajar del resultado tributario parte de las utilidades no retiradas), verificar si el régimen tributario de la empresa es el correcto según las normas legales y preferencias de los propietarios y en caso de poder elegir, recordar que el plazo para poder efectuar un cambio en el régimen fiscal es hasta el último día de abril. Por otra parte, tendremos que esperar a ver políticamente se logra llegar a algún acuerdo respecto de una eventual reforma tributaria, y con base a esto ver los eventuales beneficios fiscales que pueda tener la compañía, sin embargo, lo mejor este año será una revisión integral de las oportunidades de mejora.
¿Cómo pueden las empresas optimizar su carga tributaria de manera eficiente y segura?
Primero que todo, es importante contar con el conocimiento adecuado o una correcta asesoría al momento de elegir estrategias fiscales, y evaluar de manera responsable y criteriosa si los beneficios fiscales que se puedan tener valen o no la pena. Hay muchos “ofertones” de redes sociales que en definitiva, ofrecen beneficios que pueden verse tentadores, pero que en el largo plazo pueden ser un dolor de cabeza. La mejor recomendación que podría dar es no posible, planificarse con tiempo, no sobre la marcha en la misma declaración de impuestos. En el caso de las empresas y para poder optimizar la carga tributaria de manera responsable es utilizar el beneficio de la reinversión de utilidades, la depreciación acelerada de determinados activos o revisar hasta qué plazo de incapacidad hay beneficios fiscales que pueda tener la compañía, sin embargo, lo mejor este año será una revisión integral de las oportunidades de mejora.
Felipe Salinas
CCL Auditores Consultores